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artículos 2003]
EL SEGURO DE AUTOMÓVIL
El ramo de automóvil, es el verdadero culpable de los
resultados financieros negativos, de las aseguradoras, ya que su excesiva
siniestralidad en general y sobre todo, la contratación de estas
pólizas, en ciertos tramos de edad, ha provocado, que muchas
de estas entidades, se nieguen a vender, este producto a un determinado
segmento de la sociedad.
El seguro de suscripción obligatoria, tiene las garantías
que la legislación española establece en materia de circulación
de vehículos a motor, los capitales vigentes actualmente son,
de 350.000 euros por victima, para daños personales y de 100.000
euros por siniestro, para daños materiales.
Además del sso, también se contrata el apartado de responsabilidad
civil complementaria, o seguro voluntario, cuyas garantías eran
ilimitadas, hasta el 31 de marzo, reduciéndose ahora, a 50.000.000
de euros, para el conjunto de daños personales y materiales por
siniestro.
Es importante aclarar, que este seguro se utiliza, cuando en un accidente
de circulación, las indemnizaciones estipuladas, para los afectados,
exceden de las garantías reseñadas, en el seguro de suscripción
obligatoria, según la legislación vigente, en el momento
de la ocurrencia del siniestro.
Además de estos dos apartados, en la póliza de automóvil,
existen garantías, tan heterogéneas como, los daños
propios, incendio, robo, defensa jurídica, reclamación
de daños, insolvencia de terceros, asistencia en viaje, subsidio
de retirada del permiso de conducir y sobre todo la garantía
de Ocupantes, que tiene como misión garantizar, la cobertura
personal en caso de siniestro, al tomador, conductor y propietario del
vehículo, así como los pasajeros que con él viajan.
Con este tope máximo de indemnizaciones, a perjudicados en accidentes
de circulación, las aseguradoras, tendrán más controlados
los resultados siniestrales de sus carteras.
Este producto, es, el más comercializado por las compañías
de seguros y el que la sociedad demanda con mayor intensidad, ya que
cada vehículo que circula por nuestras carreteras y ciudades
deben tener contratado como mínimo, el seguro de suscripción
obligatoria.
PUBLICADO LAS PROVINCIAS 07/04/2003